Título Sexto. Capítulo II. De la Obligaciones de Transparencia Comunes de los Sujetos Obligados.
Artículo 74 Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, las siguientes obligaciones de transparencia:
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La información no visible, se encuentra publicada en el año 2017, de conformidad con los lineamientos técnicos generales para la publicación de la información obligatoria que deben difundir los sujetos obligados en el portal de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. |
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